Retenciones

En el reclamo por la inconstitucionalidad de los derechos de exportación

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba rechazó el amparo, tras la presentación que se hizo en 2022

Agrofy News

Malas noticias para la medida judicial que inició la Sociedad Rural Argentina por el reclamo de cobro de las retenciones. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba rechazó el amparo.

La entidad rural realizó una presentación en enero de 2020 para que se declare la inconstitucionalidad de los derechos de exportación. Finalmente, se conoció que la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba rechazó el amparo colectivo.

Vale recordar que en una primera instancia el juez federal Ricardo Bustos Fierro se expidió de manera favorable. Esto permitió la admisibilidad de la acción y ordenó la inscripción del proceso en el Registro de Procesos Colectivos.

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A esta decisión del juez se le interpuso un recurso de apelación. De esta manera llegó a la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba y resolvió que la SRA no podía llevar adelante el reclamo, sino que cada productor debía hacerlo.

La entidad se refirió al fallo y señaló que es una resolución formal a una herramienta que se presentó para que los productores no tengan que hacerlo de manera individual. “Esta sentencia no decide la cuestión de fondo, que es lo que verdaderamente importa a la SRA y la razón de haber acudido a la justicia”, manifestó la entidad a La Nación.

“El único legitimado para interponer acciones de esta índole es el sujeto al que está dirigida la carga patrimonial de un tributo, ya que la norma, al fijar el hecho imponible tuvo en cuenta su capacidad contributiva, por lo que es el único que posee un interés personal y directo el cual es susceptible de protección judicial”, señala el fallo, según reprodujo Diario Judicial.

La camarista Liliana Navarro comentó que nada impide que cada productor pueda realizar su reclamo individual, de conformidad a su especial situación jurídica. En este sentido, advirtió que no cumplieron los recaudos para hacer viable una acción colectiva.

“La legitimación activa invocada por la Sociedad Rural Argentina, no puede sustentarse", expresó la jueza. Por su parte, el juez Abel Sánchez Torres expresó que todos los productores agropecuarios del país no cumplen con las pautas establecidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Esto impide corroborar en forma adecuada si el interés individual considerado aisladamente no justifica la promoción de una acción, expresa el fallo. La jueza Graciela Montesi manifestó: “El universo de situaciones y supuestos que la parte actora pretende abarcar en su demanda resulta excesivamente vasto y heterogéneo y, además, presenta singularidades que impiden resolver la cuestión planteada, útilmente y con efecto expansivo en el marco de un único proceso”.